Suspensión del procedimiento desahucio con motivo del coronavirus

Requisitos que han de darse para solicitar por el arrendatario la suspensión del procedimiento desahucio con motivo del coronavirus.

Hablamos sobre la suspensión del procedimiento de desahucio con motivo del coronavirus aprobada durante el estado de alarma acordado por el Gobierno español.

Para examinar esta cuestión tenemos que acudir a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2020 de 31 de Marzo, por el el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19.

Es IMPORTANTE que recordéis que todas estas medidas sobre la SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO con motivo del coronavirus se refieren únicamente a los desahucios de ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA habitual.

Los desahucios relacionados con el ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DEL DE VIVIENDA (locales de negocio), están excluidos de la aplicación de estas medidas extraordinarias adoptadas por la crisis del COVID-19.

más información: https://www.mundojuridico.info/suspension-del-procedimiento-desahucio-con-motivo-del-coronavirus/